Frente a la polémica levantada por el reciente Dictamen de la Dirección del Trabajo, que instruye la liberación de las obligaciones del empleador en caso de imposibilidad de los trabajadores y trabajadoras de asistir al lugar de trabajo, nuestro colega, Álvaro Domínguez Montoya, miembro del Estudio, Doctor en Derecho del Trabajo y académico de la Universidad de Concepción, comenta los alcances de este dictamen y las irregularidades de su contenido a la luz y principios del Derecho del Trabajo, que se estructura de forma distinta que el Derecho Civil.
En ese sentido, señala: «Para que el caso fortuito o fuerza mayor justifique la suspensión o terminación de un contrato de trabajo, la imposibilidad empresarial de soportar los efectos del hecho imprevisto debe ser objetiva y absoluta«.
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